13% Retención BHE A contar 01 Enero 2023

 

Retención en Boletas de Honorarios Electrónicas (BHE)

A contar del 01 de enero de 2023

13% de Retención

 

La Ley Nº 21.133 del 2 de febrero de 2019, estableció que los contribuyentes que emiten Boletas de Honorarios, y que hoy son obligatoriamente electrónicas (BHE), debían cotizar en los organismos previsionales vigentes a contar del año 2019.

 

Entre los requisitos ser menor de 55 años, al 31 de diciembre del 2018 y que sus BHE sean mayores o iguales a 5 ingresos mínimos mensuales.

 

En la misma ley y con el objeto de acercar la retención a la tasa de cotización previsional, se aumenta en un 0,75% anual a contar del 1 de enero de 2020.

 

La tasa de retención hasta el 31 de diciembre de 2019 fue de un 10%

 

Entonces, la tasa de retención que rige del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 es de un 13%

 

Esta gradualidad termina en el año 2028 en que la tasa de retención de 2da. categoría para los trabajadores independientes y profesionales independientes alcanzará un 17%.

 

 

 

Roberto Lucero Villalobos

Presidente Copcea

 

 

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