
13% Retención BHE A contar 01 Enero 2023
Retención en Boletas de Honorarios Electrónicas (BHE)
A contar del 01 de enero de 2023
13% de Retención
La Ley Nº 21.133 del 2 de febrero de 2019, estableció que los contribuyentes que emiten Boletas de Honorarios, y que hoy son obligatoriamente electrónicas (BHE), debían cotizar en los organismos previsionales vigentes a contar del año 2019.
Entre los requisitos ser menor de 55 años, al 31 de diciembre del 2018 y que sus BHE sean mayores o iguales a 5 ingresos mínimos mensuales.
En la misma ley y con el objeto de acercar la retención a la tasa de cotización previsional, se aumenta en un 0,75% anual a contar del 1 de enero de 2020.
La tasa de retención hasta el 31 de diciembre de 2019 fue de un 10%
Entonces, la tasa de retención que rige del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 es de un 13%
Esta gradualidad termina en el año 2028 en que la tasa de retención de 2da. categoría para los trabajadores independientes y profesionales independientes alcanzará un 17%.
Roberto Lucero Villalobos
Presidente Copcea
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